Para oficialías de cumplimiento · Costa Rica

Su política de debida diligencia ya está escrita. ¿Quién la ejecuta todos los días?

La matriz documental completa para sujetos obligados de Costa Rica, con las plantillas para operarla desde el primer día. Construida artículo por artículo sobre la Ley 7786, el Reglamento 36948, los Acuerdos CONASSIF 12-21 y 11-21 y el Acuerdo SUGEF 13-19.

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Matriz Documentos

v1.0
  • Formulario Conozca a su Cliente DDCR-P01
  • Listas de verificación documental DDCR-P02
  • Listas de verificación documental · Excel DDCR-P02B
  • Ficha documental de conocimiento del cliente DDCR-P03
  • Declaraciones del cliente DDCR-P04

Semáforo por tipo de diligencia, con el artículo que lo respalda

El problema

Tres cosas que fallan en silencio

Las encontramos en casi todas las oficialías, sin importar el tamaño de la entidad. Ninguna se descubre el día que ocurre.

Documentos que caducan sin aviso

Una certificación de personería digital del Registro Nacional vale quince días naturales. Una certificación notarial de capital social, un mes bajo el Acuerdo CONASSIF 12-21. Nadie mira esas fechas hasta la visita del supervisor.

Evidencias que la norma no admite

El Acuerdo CONASSIF 11-21 fijó un catálogo cerrado de documentos que respaldan el origen de fondos, y excluyó expresamente los estados de cuenta, las declaraciones juradas —aun protocolizadas— y los comprobantes de transferencia. Siguen entrando al expediente porque «algo demuestran».

Cada ejecutivo interpreta la política a su manera

Piden a un asalariado de riesgo bajo documentos que la diligencia simplificada no exige, y omiten la certificación de capital a una sociedad porque «ya trajo la personería». El expediente vuelve, el cliente espera y el oficial reprocesa.

El costo no es solo regulatorio. Es tiempo del oficial, fricción con el cliente y crecimiento comercial detenido en la fila de cumplimiento.

La matriz

Una sola fuente de verdad documental

Cuatro tablas que se cruzan y responden, para cualquier cliente, qué pedirle, qué aceptarle, cuándo vence y qué artículo lo exige.

7

tipos de debida diligencia

Simplificada, estándar para persona física y para persona jurídica, reforzada, persona jurídica extranjera, fideicomisos y estructuras, y terceros. Se asignan con un árbol de seis preguntas en orden.

37

reglas documentales

Cada documento con su marca por tipo de diligencia —requerido, condicional, opcional o no aplica— y el artículo que la sustenta.

23

evidencias de origen de fondos

El catálogo cerrado del Acuerdo CONASSIF 11-21, organizado por categoría, con la antigüedad máxima de cada documento y la lista de lo que no se admite.

19

clases de documento

Cada clase con una sola regla de vencimiento, su ventana de aviso y si exige adjunto. Es lo que permite que nada caduque en silencio.

Construida sobre la Ley 7786, el Decreto Ejecutivo 36948, los Acuerdos CONASSIF 12-21 y 11-21, el Acuerdo SUGEF 13-19, la norma INTE/ISO 37301:2021 y la Guía de la OCDE sobre debida diligencia.

Qué incluye

Lo que se descarga, archivo por archivo

Una matriz sirve de poco si el equipo no puede operarla. Estas son las plantillas que la acompañan, agrupadas como se usan.

Matriz, guía y presentación

3 archivos

  • Matriz de Debida Diligencia
  • Guía de la Matriz · edición Legal Design
  • Presentación ejecutiva

Expediente del cliente

7 archivos

  • Formulario Conozca a su Cliente
  • Listas de verificación documental
  • Listas de verificación documental · Excel
  • Ficha documental de conocimiento del cliente
  • Declaraciones del cliente
  • Acta de aprobación de la alta gerencia
  • Informe de constatación material

Gobierno y política

2 archivos

  • Política documental de debida diligencia
  • Acta de aprobación de parámetros

Control y seguimiento

5 archivos

  • Matriz de riesgo de cliente
  • Registro de versiones y cambios normativos
  • Tablero de vencimientos documentales
  • Plan anual de actualización
  • Autoevaluación previa a supervisión

Terceros y comunicación con el cliente

2 archivos

  • Cuestionario de debida diligencia de terceros
  • Cartas de solicitud y renovación de documentos

Capacitación del equipo

1 archivos

  • Módulo de capacitación interna

Cómo está escrito

Legal Design aplicado al cumplimiento

Un documento que nadie entiende no es un control: es papel. Todo el paquete sigue los mismos principios de redacción.

  • La regla en una frase, seguida de qué hacer y de la base legal.

  • Cada sigla y cada término explicado en línea: PEP, CICAC, RTBF, beneficiario final, apostilla.

  • Campos editables en amarillo claro y parámetros propuestos en azul, para ver de un vistazo qué hay que decidir.

  • Recuadros «Cuidado» donde el error es frecuente y «Buena práctica» donde conviene ir más allá.

Qué NO es

  • No sustituye su política interna. Es la base completa y trazable para construirla o revisarla; los parámetros que el Acuerdo CONASSIF 12-21 deja a cada entidad hay que decidirlos y motivarlos en acta.
  • No es asesoría legal. Es material de referencia elaborado sobre la normativa vigente, que cada entidad debe validar con su oficial de cumplimiento y su asesoría.
  • No incluye los lineamientos de todas las superintendencias. Los incorporados son los de SUGEF; quien esté bajo SUGEVAL, SUGESE o SUPEN debe verificar los propios, como exige el artículo 4 del Acuerdo CONASSIF 12-21.

Precio

Un pago, y es suyo

Sin suscripción, sin licencias por usuario y sin renovación.

USD 97

Pago único, impuestos según su jurisdicción

  • Los archivos completos, editables y sin marca de agua.
  • Uso interno ilimitado dentro de su entidad y sus filiales.
  • Descarga inmediata, tantas veces como necesite.
  • Las guías y la presentación en PDF, listas para circular.
  • Factura electrónica con sus datos fiscales.
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Preguntas

Lo que se pregunta antes de comprar

¿Qué normativas, leyes y buenas prácticas se tomaron en cuenta para construir estas herramientas?

Siete fuentes, revisadas artículo por artículo. CINCO son exigibles en Costa Rica: la Ley 7786 y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo 36948, que definen quién es sujeto obligado y cuáles son sus deberes; el Acuerdo CONASSIF 12-21, que rige a las entidades del artículo 14; el Acuerdo CONASSIF 11-21, que fija el catálogo cerrado de evidencias de origen de fondos y el uso del CICAC; y el Acuerdo SUGEF 13-19, que rige a los inscritos por los artículos 15 y 15 bis. Las otras DOS son buenas prácticas y no exigencias regulatorias costarricenses: la norma INTE/ISO 37301:2021 de sistemas de gestión del cumplimiento, de donde salen los controles sobre procesos externalizados, el seguimiento y la auditoría interna; y la Guía de la OCDE sobre debida diligencia, de donde sale el modelo de terceros en seis etapas. Cada regla del paquete indica el artículo que la sustenta, para que pueda verificarse en la fuente.

¿A qué entidades les aplica esta matriz?

Si es sujeto obligado por el artículo 14 de la Ley 7786 —supervisado por SUGEF, SUGEVAL, SUGESE o SUPEN— le aplica el régimen del Acuerdo CONASSIF 12-21. Si está inscrito por los artículos 15 o 15 bis, le aplica el Acuerdo SUGEF 13-19. La matriz cubre los dos regímenes y su hoja de parámetros los compara lado a lado.

¿Sustituye a nuestra política interna?

No. Es una base completa y trazable para construirla o revisarla. Los parámetros que el Acuerdo CONASSIF 12-21 deja a criterio de la entidad —periodicidades, alertas, exenciones— hay que decidirlos y motivarlos en acta, y una de las plantillas está hecha exactamente para eso.

¿Por qué un estado de cuenta no sirve como origen de fondos?

Porque el Acuerdo CONASSIF 11-21, en su Sección II, lo excluye expresamente. Un estado de cuenta muestra movimientos, no la fuente que los genera. El paquete trae el catálogo completo de lo que sí se admite, con su antigüedad máxima, y una página en lenguaje claro para explicárselo al cliente.

¿Cada cuánto hay que actualizar a un cliente?

Bajo el Acuerdo CONASSIF 12-21 lo define la política de cada entidad según el riesgo, con un tope de sesenta meses y mayor frecuencia para el riesgo alto. Bajo el Acuerdo SUGEF 13-19 los plazos son fijos. Muchas políticas siguen copiando los plazos fijos sin acta que los justifique, y eso es un hallazgo aunque los plazos sean razonables.

¿Puedo aceptar la declaración del RTBF en vez de la certificación notarial de capital?

Sí, bajo el artículo 34 del Acuerdo CONASSIF 12-21, con sello del Banco Central y no más de treinta días de emitida. Es gratuita, y la mayoría de las entidades todavía no la acepta.

¿Las plantillas son editables?

Las herramientas sí: Word, Excel y PowerPoint, sin macros. Las guías y la presentación van en PDF a propósito, porque son material de consulta y no están hechas para ajustarse.

¿Sirve si mi entidad ya tiene su política aprobada?

Sí, y es el uso más frecuente. La matriz permite contrastar la política vigente regla por regla contra la norma, y la autoevaluación previa a supervisión —treinta preguntas con la evidencia que se espera de cada una— muestra dónde falta respaldo antes de que lo encuentre el supervisor.

¿Está actualizado?

El paquete se elaboró sobre la normativa costarricense vigente a setiembre de 2026, e incluye un registro de versiones y cambios normativos para dejar constancia de cada revisión. La normativa cambia: la fecha de corte está escrita en cada archivo.

Deje de sostener la política con la memoria del equipo

Descargue la matriz, apruebe sus parámetros en acta y reparta las plantillas. Lo que hoy vive en la cabeza del oficial de cumplimiento pasa a estar escrito, con el artículo detrás de cada regla.

Obtener el toolkit · USD 97

¿Y si esto se ejecutara solo?

Una matriz perfecta sigue siendo un documento: alguien tiene que leerla, recordarla y aplicarla, cliente por cliente. El ERP para Gestión de Riesgos y Cumplimiento Normativo de Snap Compliance convierte estas mismas reglas en un sistema que asigna el tipo de diligencia, valida las evidencias, calcula el riesgo y avisa antes de que algo venza.

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